Civitas sine suffragio

Ciudadanía romana concedida a los pueblos conquistados o anexionados que no comportaba el derecho de voto. Se instituyó a comienzos del siglo IV a.C. y fue aplicado hasta el II a.C. La negación del derecho de voto implicaba la exclusión de la participación política y el acceso a las magistraturas, pero incluía las obligaciones militares y fiscales del ciudadano. Seguramente las garantías jurídicas relacionadas con el estatus de ciudadano compensaban en buena medida el carácter restringido de este tipo de ciudadanía. Ver, Ager Romanus.
 
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