Senatus consultum Silanianum

Decisión del Senado romano aprobada en el año 10, que se considera uno de los infames actos jurídicos de investigación de la época de Augusto. La disposición en cuestión regía el caso de muerte violenta o en circunstancias poco claras del Dominus que era el propietario de uno o más esclavos, en su propio hogar. En tal circunstancia, todos los esclavos serían interrogados y torturados incluso hasta la muerte si fuese necesario. El interrogatorio debía tener lugar antes de la apertura de la sucesión que podría haberse liberado con la consiguiente inaplicabilidad del procedimiento. Fue dudoso en el proceso de investigación si la resolución era aplicable también en caso de suicidio del cliente. Si los esclavos se resistían, incluso podían ser torturados hasta la muerte, si no se hubiera demostrado que realmente habían defendido a su amo. Bajo Trajano las regulaciones se hicieron más estrictas a finales del siglo II, porque ahora incluso los antiguos esclavos, los llamados libertos estaban cubiertos por la ley. Sin embargo, existía la restricción de que sólo se permitía iniciar medidas de investigación contra ellos, pero no se debía recurrir al castigo. Incluso Adriano relativizó el senatus consultum nuevamente, porque lo interpretó como una medida puramente criminal. En consecuencia, exigió la prueba de una acusación culpable contra el agresor. La resolución del Senado ya fue discutida en la antigüedad varias veces entre los abogados. Según el "Index auctorum" del Digesto de Justiniano, Paulo, Julio incluso le dedicó una monografía: ad senatus consultum Silanianum. Se pueden encontrar más publicaciones sobre el tema en los clásicos legales como Ulpiano o Gayo. Todos dejan claro que uno de los temas más discutidos y con mayor sensibilidad fue el de los libertos torturados, ya en la época de Nerón. Para poder implementar la tortura sin ser molestado, Nerón impuso prohibiciones a los testamentos hasta que se completara la investigación. Los abogados también informan que durante el mandato del mismo, en el año 57, se aprobó una decision senatorial adicional, el "senatus consultum neronianum". En cuanto al tratamiento de los libertos, Nerón fue durante su mandato más allá de las medidas posteriores de Trajano, que legitimó su margen de actuación únicamente desde el senatus consultum Silanianum.
 
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