Edil

Magistratura romana con funciones administrativas y jurisdiccionales. Eran los encargados de la administración de los templos, de la organización de los juegos, del control de los mercados de Roma y del suministro de alimentos a la ciudad, de las labores de policía y vigilancia de todos los servicios públicos, como baños, fuentes, acueductos y canalizaciones, del cuidado y mantenimiento de los edificios públicos, y de guardar los archivos del Estado. El término está relacionado con la palabra latina aedes ("templo" y después "edificio" en general). En un principio había dos ediles, elegidos para prestar apoyo a los tribunos, atender a los templos y cultos plebeyos, y ejecutar las resoluciones de los tribunos. En el 367 a.C. se añadieron dos ediles patricios, los ediles curules, aunque finalmente también fueron compartidos con los plebeyos. La edilidad, que era en un principio el escalafón más bajo de la carrera senatorial, llegó a tener un rango superior al del tribunado. No poseían el imperium y, por tanto, no podían dirigir el ejército. Durante el Imperio hubo seis ediles, pero sus competencias quedaron reducidas a la jurisdicción de los mercados, ya que el resto de sus funciones fueron asumidas por funcionarios imperiales. La magistratura como tal desapareció en el siglo III. Ver, Secessio del 494, Edilidad.
 
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