Ius italicum
El ius italicum (derecho italiano) se concedía a una colonia o asentamiento de ciudadanos romanos en un territorio romano fuera de Italia que, de este modo, adquiría el mismo status que el suelo de Italia, disfrutando de la exención del tributum soli. La mayor parte de las colonias de la República tardía y de comienzos del Imperio hasta la época de Adriano eran asentamientos de legionarios retirados, que ya eran ciudadanos romanos, de modo que el ius italicum estaba concedido automáticamente. Sin embargo, el título de colonia también se podía conceder a una ciudad existente y en estos casos la concesión del ius italicum no iba necesariamente aparejada, pero se podía conceder posteriormente como un privilegio adicional. Ver, Colonización romana, Ius.

