Justicia
"La voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho" (Ulpiano). En relación con la justicia, los preceptos del derecho, según Ulpiano, son "vivir honestamente, no dañar al prójimo, dar a cada uno lo suyo". Esta última frase constituye un tópico o idea común del pensamiento antiguo de los filósofos, que adoptan los juristas. Estos utilizan tambien el sinónimo aequitas. En la antigua Roma, derecho y religión están unidos en unas normas comunes de conducta y de observación de las formas solemnes y rituales. De la utilización de estas solemnidades dependía que el acto se considerase justo. Los antiguos juristas se ocupan también de los ritos religiosos y su autoridad se basaba en las creencias. Sin embargo, el genio jurídico romano supo aislar muy pronto los ritos y preceptos del ius, de las normas religiosas y morales (boni mores). En lo civil, administraban justicia en Roma:
)o( 1- Ciertos magistrados (pretores, ediles curules, censores, cónsules, cuestores, el Pontífice Máximo), que "enuncian" el derecho.
)o( 2- Árbitros y jueces particulares (hasta el 123 a.C. y del 81 al 70, senadores; del 123 al 81, caballeros; después del 70 a.C. representantes de los dos órdenes).
)o( 3- Tribunales (decemviri, centumviri, recuperatores). )o(
En lo criminal, la justicia fue primeramente administrada por los cónsules asistidos por ciertos tribunales especializados (duumviri), después delegada por los Comicios (que constituyen el recurso supremo en caso de apelación) a tribunales especiales (questiones), que se convierten en permanentes. Durante el Imperio la justicia tenderá poco a poco a ser administrada, bajo la autoridad del Príncipe (Princeps), y del Consejo erigido en tribunal, por los funcionarios (prefectos, legados, etc.).

