Usucapión

o Usucapio. Principio jurídico del derecho romano, que era la manera de adquirir la propiedad de un bien mediante la posesión continuada, durante un año si se trataba de cosas muebles, y durante dos años si se trataba de cosas inmuebles. Como la prueba de propiedad, tanto en las cosas vendidas como en las transmitidas por herencia, era tan difícil, la usucapión venía a ser el fundamento general del derecho de propiedad. Ver, Usus auctoritas.
 
Volver