Ciudadano romano

Era considerado como tal, el que había nacido de legítimo matrimonio, hijo de ciudadano romano, con residencia en el ager romanus. El acceso a la ciudadanía se conseguía principalmente a través de los municipios y colonias y fue la aspiración máxima de todos los habitantes del Imperio. Los derechos de los ciudadanos se clasificaban en dos grandes grupos: a) Los derechos privados o restringidos: ius comercium (derecho a comprar y vender); ius connubium (derecho a casarse con ciudadanos romanos); ius provocationis (derecho a apelar ante el pueblo contra los fallos de los magistrados), b) Los derechos públicos: ius sufragii (derecho a votar); ius honorum (derecho a ser elegido magistrado)
 
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