Repudium
Repudio.
)o()o( Declaración unilateral de disolución del matrimonio, a la que acompaña la separación real de los cónyuges.
)o()o( Forma de disolución del matrimonio romano, o notificación del deseo de la terminación del mismo.
)o()o( Ruptura del vínculo esponsalicio por una de las partes. )o(
El "divorcio" se dice que es entre marido y mujer, y el "repudio" es despedir a la mujer desposada, lo que no es absurdo aplicar a la mujer casada" (Modestino). "La diferencia entre "divorcio" y "repudio" es que puede repudiarse incluso un matrimonio futuro, en tanto no se puede decir que la desposada se ha divorciado, pues "divorcio" viene de que los que se separan se van por "diverso" lado. (Paulo). Ver, Divorcio.

