Ferae bestiae
"animales salvajes". En derecho romano, son objeto de ocupación y se hacen propiedad del que se apodera de ellos, incluso en campo ajeno. No obstante, si hay prohibición de cazar o pescar en fundo o lago privados, el propietario puede ejercitar contra el cazador o pescador la acción de injurias, pero los animales son propiedad del que los caza o pesca.

