Foenus nauticum

Préstamo que se hace al armador de una nave para que transporte el dinero o compre mercancías destinadas al tráfico marítimo. También recibe el nombre de cantidad trayecticia (pecunia traiecticia). "Se llama trayecticia la cantidad que se transporta por mar..., si las mercancías compradas con aquel dinero navegan a riesgo del acreedor la cantidad resulta trayecticia" (Modestino). "El dinero se presta (para su transporte por mar) a cargo del que lo da" (Papiniano). El riesgo de la pérdida del dinero prestado o de las mercancías compradas es del acreedor o prestamista, que puede estipular por ello unos intereses elevados, a cargo del transportista. Es probable que se trate de un negocio especial que los romanos importaron de Grecia a finales de la época republicana. Aunque Paulo parece considerar este negocio como mutuo, cuando en realidad el préstamo marítimo se diferencia del mutuo en que la restitución está subordinada a la llegada de la nave. Lo más probable es que el negocio se realizase mediante una estipulación que incluía los intereses. La acción era la condictio, aunque Ios intereses se hubiesen estipulado a modo de pena subordinada al arribo de la mercancía. En base a la opinión de Servio Sulpicio, citado por Ulpiano, se afirma que las obligaciones derivadas del préstamo marítimo se aseguraban con estipulaciones penales.
 
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