Edicto

o Edictum (pl. edicta). Se llamaban así las declaraciones por las cuales los magistrados romanos hacían conocer públicamente la manera como pensaban desempeñar su cargo. Se distinguían los edictos permanentes (edicta perpetua), de alcance general y valederos para toda la duración de una magistratura, y los edictos de circunstancia (edicta repentina), publicados con ocasión de acontecimientos inopinados. Los edictos de los pretores, como también los de los ediles curules y los de los gobernadores de provincias y, aun más tarde, los de los emperadores mismos, tuvieron una influencia considerable en la evolución del derecho. Precisaron, en efecto, la ley primitiva y la modificaron cuando fue necesario, en virtud del imperium de los magistrados, para sustituirla por "fórmulas" elaboradas con la ayuda de consejeros jurídicos (leyes jurisconsultas) mejor adaptadas a los nuevos tiempos. Este derecho más evolucionado lleva el nombre de derecho pretoriano o ius honorarium (salido de los magistrados, es decir, de los que tenían los honores). Ver, Derecho romano.
 
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