Res publica

"la cosa pública". Concepto abstracto romano que representa el conjunto de los asuntos que interesan al pueblo, objeto de un delicado reparto de competencias entre diferentes instancias públicas repartidas en tres ámbitos: las magistraturas, el Senado y las asambleas populares. Este término se apone a res privata "la cosa privada" y es una noción a la vez jurídica y política para los romanos. Implica una organización determinada por reglas de derecho. Es la expresión política del "pueblo en su conjunto" y luego equivale a Estado.
 
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