Civitates liberae et inmunes

Eran las ciudades del Imperio romano que gozaban de ciertos privilegios en relación con la autonomía de gobierno, no sometidas al arbitrio del gobernador provincial, y la exención de tasas e impuestos. Este régimen especial venía concedido por una lex data o por un tratado (civitates liberae et foderatae). "Es libre aquel pueblo que no se halla sometido a la potestad de ningún otro pueblo; es federado tanto si es aliado nuestro por un tratado de igualdad como si se determina en el tratado que debe respetar amistosamente la majestad de otro pueblo" (Próculo). Ver, Civitates foederatae, Civitates liberae, Civitates stipendiariae, Civitates sine suffragio.
 
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