Interdicta
Reciben este nombre las órdenes del pretor romano. Pueden estar dirigidas a prohibir ciertos actos o hechos de carácter violento (vim fieri veto) o, por el contrario, a ordenar la realización de algún acto, tal como la exhibición de un documento (interdictum de tabulis exhibendis) o la restitución de una cosa perdida por un acto de violencia. Los interdictos son de tres clases: los exhibitorios, los prohibitorios y los restitutorios. Ver, Interdictum.

