Immunitas
Exención a un individuo o a una comunidad de las obligaciones relativas al Estado romano que era concedida de forma temporal o a perpetuidad, si bien podía ser revocada. Era un instrumento utilizado muy pocas veces durante el Imperio romano y normalmente se concedía a ciudades específicas más que a toda una provincia. Augusto la utilizó para recompensar a unas pocas comunidades, no suponía necesariamente la exención de todos los impuestos, pero dejaba exentos a los que la recibían del pago, por ejemplo del tributum capitis. Claudio I concedió exenciones de impuestos más amplias a ciudades dañadas por desastres naturales y Nerón extendió la exención disfrutada por ciudades como Atenas y Esparta a toda la provincia de Acaya. Incluso el notoriamente parsimonioso Vespasiano concedió ocasionalmente la exención a una comunidad que lo merecía.

