Iudex

Persona privada procedente de las clases superiores romanas que ejercía una función judicial. Era elegido por las partes en conflicto de entre una lista de personas cualificadas. El querellante escogía un nombre situado en un panel de senadores, aunque más tarde se incluían hombres de rango ecuestre, y el defensor tenía el derecho de rehusar a un individuo. La pertenencia al panel sólo se podía rechazar en caso de minoría de edad o incapacidad física. Una vez escogidos los jueces estaban obligados a actuar, aunque podían pedir la exención basándose en motivos de edad, tamaño de la familia o profesión (médico, filósofo u orador). La función del iudex era pronunciar un veredicto sobre el caso, posiblemente con la asistencia de consejeros. Debía pronunciar el mismo ante las partes implicadas, pero en caso de duda renunciaba al mismo volviéndose de nuevo a repetir el procedimiento con la elección de un nuevo juez. No estaba atado por los precedentes, aunque éstos parece que influyeron en las decisiones. Durante el Bajo Imperio designaba a cualquier oficial dotado de los correspondientes poderes administrativos y judiciales. Ver, Judicial (procedimiento romano), Recuperatores.
 
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