Lex Iulia maiestatis

o Lex Iulia de maiestate. Ley promulgada en el 8 a.C. a instancias del emperador Augusto, quien reorganizó todo el asunto sobre el crimen de lesa majestad, es decir, cualquier ofensa o amenaza a la figura del emperador y luego a su auctoritas. Fue precedida en el año 43 a.C. por la Lex Pedia aprobada tras la muerte de César. En esta ley, las siguientes conductas fueron sancionadas como crimen maiestatis contra los princeps: )o( ultraje a la memoria de los emperadores difuntos; )o( ultraje a las estatuas u otras imágenes imperiales; )o( muerte de rehenes; )o( toda actividad destinada a promover iniciativas de guerra "sin orden del emperador" (por ejemplo, alistar soldados, promover la batalla, etc.); )o( negativa a reconocer al emperador como una deidad; esta norma afectará a los cristianos sobre todo, pero solo se considerará un crimen en época tardía. )o( Entre las medidas proporcionadas por Lex Iulia para su aplicación estaba la tortura: a los magistrados se les permitió usar métodos incluso brutales en el contexto de interrogatorios relacionados con el crimen maiestatis. La disposición que legitimaba el uso de la tortura no era nueva, sino que devolvía a otras regulaciones anteriores: la Lex Varia de maiestate, la Lex Appuleia de maiestate y la Lex Cornelia Sullae de maiestate. En las sentencias de Paulo leemos que "ninguna posición social exime de la tortura" (nulla dignitas a tormentis excipitur): por lo tanto, también se aplicaba a las cives romanas. La pena por el crimen de maiestatis era la pena de muerte, pero el convicto podría evitarla eligiendo someterse a interdictio aqua et igni. Por lo general, la pena se realizaba con bestias salvajes (bestiis obici) o el convicto era quemado vivo (crematio vivo). En el libro de los Hechos de los Apóstoles es el propio Pablo quien recuerda a sus carceleros las prerrogativas de Lex Iulia. Tertuliano, informa que la tortura prescrita fue utilizada sólo para interrogar a los testigos. Ver, Leges Iuliae (Leges luliae augustae).
 
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