Lex Iunia Licinia

o Lex Junia et Licinia. Ley romana promulgada en el 62 a.C. que confirmaba la Lex Caecilia Didia del 98 a.C.. Era una ley de Decimus Junius Silanus y Lucius Licinius Murena promulgada durante su consulado. Esta nueva ley, además, sirvió para proteger a la asamblea popular de ser engañada y aprobar leyes que contenían elementos ocultos no relacionados, que podían haber sido malinterpretados o no éticos y que de otro modo no serían aprobados por mérito propio. Esta ley obligó a un mayor cumplimiento de la ley original Caecilia Didia, con mayores castigos al no hacerlo. También promulgó "ne clam aerario legem inferri liceret", lo que significa que una copia de cualquier estatuto propuesto debía depositarse ante testigos en el aerarium antes de ser llevada a los comitia para su aprobación final. La razón de ello era evitar la falsificación. Tendría un período de notificación pública abierta de 3 nundinae (17 días de mercado o tres semanas romanas de 8 días).
 
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