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Palabra   |   Descripción

Cogamo

Río de Lidia, también llamado Frigio, primer afluente importante del Hermo por la izquierda. Hoy, Kum, Turquía.

Coga Zambil

La influencia sumeria irradió también a Elam, donde, por ejemplo, en Coga Zambil, se construyó una zigurat, pero cuyas diferencias técnicas y quizá también conceptuales con las de Mesopotamia meridional, son evidentes.

Cofrates

Río de la región de Elymaida. Hoy, en Irán.

Cofos

Puerto de Torone, ciudad de la costa occidental de la península de Sitonia. Hoy, en Grecia.

Cofo

"puerto silencioso" o "puerto mudo". Puerto al sur de Torone, en la península de Sitonia. Es la actual Koufo, a unos 2 km al sur de la moderna Toroni.

Cofén

Río de la India, que riega la región de Peucelotas y desemboca en el Indo, tras haber recibido las aguas de sus afluentes Malamanto, Soasto y Garrea. Hoy, el río Kabul, en Bactriana.

Coeus

Ceos (río de Mesenia).

Coes

Chous (medida ática de capacidad para líquidos, equivalente a 3,27 lt. en Atenas y 4,62 lt. en Esparta. Una metreta era igual a ….).

Coes

Segundo día de las Antesterias, fiestas que tenían lugar en febrero aproximadamente. En esta jornada había concursos de bebedores. Los "coes", como su nombre indica, eran las vasijas utilizadas para escanciar el vino. Como unidad de medida equivalían a unos tres litros y cuarto aproximadamente. Ver, Antesterias.

Coerites

Habitantes de la ciudad de Ceres. Componían la última clase de ciudadanos romanos, cuyos derechos les fueron concedidos, excepto el de los sufragios, para recompensarles de haber conservado los vasos y los instrumentos sagrados en la guerra contra los galos.

Coercitio

Potestad de los magistrados romanos provistos de imperium para obligar al cumplimiento de sus órdenes a los ciudadanos mediante la imposición de castigos y ante la que no cabía ningún tipo de apelación. Excluía la pena capital y se limitaba a la imposición de una multa, a la entrega de garantías o al confinamiento en la prisión.

Coerano

Guerrero muerto por Ulises.

Coerano

Cochero de Merión, muerto por Héctor.

Coerano

Hijo de Abante, padre de Polido, natural de la isla de Paros, en el mar Egeo. Estándose mirando un día como pescaban en Constantinopla, compró varios delfines y los echó al mar. Habiendo naufragado algún tiempo después, se salvó por el socorro de un delfín, que le llevó sobre su lomo hasta una caverna de la isla Jacinta, llamada posteriormente Ceranión. Cuando su cuerpo fue quemado a orillas de mar, los delfines se presentaron a lo largo de la costa como para honrar sus funerales.

Coequosa

Localidad al suroeste de la Galia Aquitania. En el Itinerario de Antonino se encuentra en la calzada que iba de Burdigala a Hispania. Hoy, cerca de Sindères, municipio de Morcenx, departamento de Landes, región de Nouvelle-Aquitaine, Francia. Ver, Cocosates.

Coenofrurium

Localidad situada al este de Perinto, entre esta y Bizancio. Hoy, en Turquía.

Coemptio

Tipo de matrimonio romano que consistía en la aplicación al ámbito del matrimonio de un procedimiento jurídico aplicado habitualmente a la adquisición de bienes en plena propiedad. El padre "vendía" a la novia al futuro esposo que, ante la presencia de cinco testigos, la adquiría con el fin de contraer matrimonio y sellaba el acuerdo con la entrega simbólica de una pieza de plata o de bronce. Ver, Matrimonio.

Coemptio

Ver, Adaeratio (término que designaba la conversión en dinero de los impuestos y contribuciones en especie dentro del Estado romano).

Coelus

Hijo de Éter y de Dies, o del Aire y el Día, y según otros de Titania, o la Tierra, que le dio la existencia para que la rodease, destinándole al propio tiempo para habitáculo de los dioses. Del matrimonio del Cielo con su madre nacieron Saturno, Rea, el Océano, los Titanes, etc.. Pero temiendo el Cielo dar hijos terribles, les tenía encerrados no permitiéndoles que viesen el día. Pero habiendo aprisionado algunos cíclopes de resultas de alguna ofensa, su mujer, irritada, dio libertad a Saturno, quien sorprendió a su padre de noche y le mutiló. De la sangre que salió de la herida y cayó en la tierra nacieron los gigantes, las furias y las ninfas de los bosques; y de la que cayó en el mar, unida con la espuma, produjo a Venus, que las ondas condujeron a la isla de Chipre. Lactancio cuenta que Cielo o Urano era un príncipe poderoso y emprendedor, quien reputandose por un dios, se dio a sí mismo el título de Cielo. Diodoro le representa como el primer rey de los atlántidas, y añade que sus conocimientos astronómicos y su beneficiencia le merecieron el título de rey eterno del universo. Se pretende que debió su elevación sobre el trono a su prudencia y política y que fue destronado a los treinta y dos años de su reinado y enterrado en la Oceanía, o isla de Creta, cerca de la ciudad de Aularia.

Coelus

Uno de los Titanes.

Coelus

El Cielo, cuyo nombre está en masculino para indicar la personificación, pues el nombre ordinario es neutro, caelum. No se trata de un dios romano, sino de la traducción latina del apelativo del dios griego Urano, que desempeña un papel muy importante en la teogonía y la mitología helénicas. Ver, Urano.

Coelius

Sobrenombre de Júpiter.

Coelispex

Sobrenombre de Apolo, tomado de la estatua que tenía en la región undécima de Roma, que miraba o al cielo o al monte Coelio.

Coeliobriga

Capital de la tribu celta de los coelernos (Ver). Hoy, actual castro de Castromao, en la aldea de Castromao, a tres kilómetros de Celanova, provincia de Ourense, comunidad autónoma de Galicia, España.

Coelio Caldo

Gayo (Caius Coelius Caldus). Fue un tribuno de la plebe que en el 107 a.C. decretó que se utilizara la votación secreta en los juicios por traición. Fue pretor en el 99, cónsul en el 94 y probablemente gobernador de la Galia en el 90.

Coelio Antipater

Lucio (Lucius Coelius Antipater) (siglo II a.C.). Historiador romano, jurista y retórico, y profesor de Craso, Lucio Licinio. Se conservan algunos fragmentos de su Historia de la Segunda Guerra Púnica. Estaba compuesta por siete libros y se basaba tanto en fuentes romanas como en cartaginesas; Livio la utilizó como fuente. Basándose en modelos helenísticos, Coelio fue el primero en introducir la monografía histórica, que fue adoptada por Salustio y otros.

Coeligena

Hija del Cielo. Sobrenombre de la Victoria.

Coelicolas

Secta judía que adoraba a los ángeles y los astros.

Coelesyria

Balbek (ciudad situada entre los montes Líbano y Antilíbano, aproximadamente en una latitud media entre Biblos y Beritos. Está ubicada al este del río Litani en el valle de ….).

Coelestis

Sobrenombre de la Venus Urania.

Coelernos

o Coelerni. Pueblo celta de la Gallaecia, que formaba parte de los galaicos. Vivía en lo que posteriormente se convertiría en la Hispania Citerior, dentro del convento jurídico de Bracara Augusta (Braga, Portugal) y en tierras del suroeste de la provincia de Ourense, Galicia. Es citado por varios autores clásicos como Plinio el Viejo y Claudio Ptolomeo, también en fuentes epigráficas y en el importante Padrón de los Pueblos, estela en la que se citan varias tribus galaicas, actualmente en Chaves, Portugal. Algunas fuentes del pasado opinaron que este pueblo vivió en los territorios de la actual provincia de Trás-os-Montes, en el norte de Portugal, entre los ríos Tua y Sabor. Ptolomeo indica que su capital era Coeliobriga, actual castro de Castromao, situado en la aldea de Castromao, a tres kilómetros de Celanova, por la carretera La Cañiza-Celanova. Esta identificación ha sido posible por una tessera hospitalitatis datada en el año 132, encontrada en el castro.

Coelerni

Coelernos (pueblo celta de la Gallaecia, que formaba parte de los galaicos. Vivía en lo que posteriormente se convertiría en la Hispania Citerior, dentro del ….).

Coel Hen

(siglo V). Legendario rey de las tribus celtas del norte de Inglaterra y sur de Escocia. Era para algunos autores, el último de los Dux Britanniarum con control militar en el norte de la Britannia romana. Al retirarse la última de las legiones romanas en el 407, Coel Hen se mantuvo como caudillo de las fuerzas locales. El período del 410 al 455 fue una "Edad Oscura" en Inglaterra, de anarquía tribal, guerras, hambrunas y conflictos religiosos, pese a lo cual Coel Hen pudo mantener el reino unido. Su territorio se conoció como Yr Hen Ogledd en celta "el viejo norte". A su muerte, su reino se habría dividido entre sus hijos o sus comandantes, con lo que gradualmente la organización tornó a sus bases tribales históricas. Algunos de esos reinos fueron Gododdin, Alt Clut, Novant, Rheged, Bernicia y Elmet. Mucho tiempo después, en genealogías del siglo XII, sus reyes eran llamados Gwyr y Gogledd "hombres del norte" y solían considerarse descendientes de Coel Hen.

Coéforos

o Coéforas. Personas que en la antigua Grecia llevaban libaciones u ofrendas fúnebres.

Coéforas

Coéforos (personas que en la antigua Grecia llevaban libaciones u ofrendas fúnebres).

Coeas

Fiesta de los congios; celebraciones atenienses en honor de Dioniso, el día 12 del mes Antesterión.

Codro

Codro es hijo de Melanto y descendiente de Neleo, por tanto, de la raza de Posidón. Cuando la invasión del Peloponeso por los Heraclidas, Melanto, expulsado de Pilos de Mesenia, su patria, emigró a Atenas, donde Timetes, último descendiente de Teseo, le traspasó la realeza en recompensa por la ayuda que Melanto le había prestado en su lucha contra el rey de Beocia, Janto (Ver, Melanto). Codro había seguido la suerte de su padre, y, a su muerte, le sucedió en el trono de Atenas. Durante su reinado, los peloponesios emprendieron una guerra contra los atenienses, y el oráculo de Delfos les prometió la victoria a condición de que no matasen al rey de Atenas. De este vaticinio se enteraron sus enemigos gracias a un habitante de Delfos llamado Cleomantis. Entonces Codro resolvió sacrilicar su vida por la patria. Se vistió de mendigo y salió de la ciudad, simulando que iba a buscar leña. No tardó en encontrar a dos adversarios, con quienes entró en reyerta; dio muerte a uno de ellos, pero fue muerto por el otro. Entonces los atenienses reclamaron a los peloponesios su cadáver para enterrarlo. Estos, comprendieron que habían perdido toda esperanza de vencer a Atenas y regresaron a su país. En Atenas se exhibía la tumba de Codro, erigida en el lugar donde había caído, en la orilla derecha del Iliso, ante una de las puertas de la ciudad. A su muerte le sucedió su hijo mayor Medonte; el menor, Neleo, se desterró a Mileto (Ver, Neleo).

Codrión

Población de Macedonia. Hoy, tal vez Rmait, al nordeste de Antipatrea, Albania.

Codo samio

El codo samio tenía siete palmos de 0,075 m, es decir, 0,525 m.

Codo real

En Atenas, el codo real era tres dedos más largo que el ordinario. Equivalía a 0,4999 m. Ver, Codo.

Codo del Nilo

Medida con la que se estimaban las inundaciones del Nilo y se marcaba anualmente el nivel de la crecida.

Codo

Medida egipcia de longitud, equivalente a 0,54 metros (codo ordinario) ó 0,72 metros (codo real).

Codo

Medida griega frecuentemente empleada para pequeñas distancias, equivalente a 0,4624 m.

Codo

En Atenas el codo equivalía a 0,444 m = un pie y medio, siendo el pie la unidad de longitud, con 0,296 m. El dedo era 0,0185 m (=1/16 de pie). Ver, Pesos y Medidas.

Codina

Roca situada en el país de los magnesios, al norte del monte Sípilo. Había en ella una estatua de la madre de los dioses que se reputaba como el más antiguo de todos los simulacros erigidos a esta diosa.

Códigos de derecho

La primera unificación política del área mesopotámica fue debida al amorreo Hammurabi de Babilonia en la primera mitad del siglo XVIII a.C.. Este importante cambio político fue acompañado de evidentes transformaciones sociales. Si la unificación supuso la superación de la fragmentación política existente, la codificación escrita de las normas del derecho consuetudinario significó un avance social sin precedentes en la evolución histórica de los primeros estados hasta el punto de que, en otros ámbitos de las civilizaciones antiguas, el proceso de codificación constituye un indicador del paso de una sociedad "primaria" (o arcaica) a otra "compleja" o evolucionada. En Mesopotamia la aparición del derecho escrito a comienzos del II milenio supone una ruptura con el ordenamiento social anterior no sólo porque el rey asuma las funciones judiciales que hasta entonces habían recaído en el "consejo de ancianos", sino también porque fija una regla de interpretación que pretende evitar los abusos de los "fuertes" sobre los "débiles" obligando por igual al cumplimiento de la norma, si bien las penas derivadas de su incumplimiento eran diferentes según el rango social del reo. No se trata por tanto de una legislación en sentido estricto, sino más bien de un conjunto de reglas o "sentencias" redactadas formalmente como preceptos aplicables a casos hipotéticos siguiendo la fórmula "si alguien (...algo a otro), entonces... (tal penalidad)". Pero estos primeros códigos no tienen carácter normativo, dado que son muy incompletos, por lo que resulta razonable dudar que de hecho se aplicaran. Formalmente los códigos son documentos jurídicos que observan una estructuración similar; constan de tres partes o registros: un prólogo, en el que se justifican las medidas o se reclama la protección divina; una sección más o menos larga de disposiciones atendiendo a regular situaciones concretas; y una tercera o epílogo, no siempre conservada. Aunque, desde una perspectiva moderna, pueda pensarse que estas medidas iban encaminadas a hacer justicia, implantar orden o equidad entre los ciudadanos, la verdad es que, en la mayor parte de los casos, obedecían a la presión ejercida sobre el rey por un grupo social determinado. En este sentido, mucho antes de que existiera la codificación escrita, algunos reyes mesopotámicos se vieron obligados a adoptar medidas o reformas tendentes a satisfacer los intereses de grupos que le prestaban su apoyo o, en caso contrario, a minimizar la influencia de otros que le disputaban sus atribuciones. Las primeras noticias sobre esta situación se remontan a mediados del III milenio, cuando Enmetena, rey de Lagash, puso en práctica una serie de "medidas sociales" para paliar los problemas socioeconómicos de esta ciudad. Hacia 2350 a.C. Uruinimgina realizó importantes "reformas" sociales tendentes tanto a legitimar su usurpación del trono como a acallar las quejas de los representantes del "templo", que habían perdido gran parte de sus bienes en los reinados precedentes; para ello ordenó la restitución al clero de los bienes sustraídos por particulares. En nombre de Ningirsu, el dios-protector de Lagash, Uruinimgina ordenó también la protección de los débiles (huérfanos, viudas), la supresión de los impuestos, la protección contra la usura, el robo y la extorsión por parte de los funcionarios del "palacio". De este modo el rey se ganaba el apoyo de los grupos sociales intermedios y contentaba al clero. Pero en realidad el primer código escrito es debido a Shulgi, segundo rey de la III Dinastía de Ur al cierre del III milenio. Era hijo de Urnammu, a quien hasta hace poco se atribuía este documento, que en el "prólogo" hace una valoración pósitiva de su reinado y se invoca la protección de Nannar (dios luna) y Utu (dios sol). El articulado incluye 29 disposiciones sobre actos criminales, robos y divorcios. Los dos capítulos más importantes son los referidos a "huida de esclavos" y a compensación económica por daños corporales. El notable desarrollo de las relaciones económicas en época neosumeria exigió, en Isin y Larsa, la adopción de medidas en favor de la propiedad privada y el comercio: el cuarto rey de Isin, Lipit-Isthar ca. 1930 a.C., publicó un nuevo código en un texto que, además de prólogo y epílogo, incluía más de 40 artículos o disposiciones referidas a cuestiones de propiedad, herencias, esclavos y salarios, reafirmándose la compensación económica por daños corporales. Un poco posterior es el llamado "Código de Eshnunna", que al ignorarse su autor lleva el nombre de la ciudad mesopotámica a orillas del Diyala. Aunque se aluda a ellas, las relaciones personales quedan relegadas ante la prioridad de regular las relaciones económicas: precios de los principales productos del "mercado" (aceite, trigo), salarios agrícolas, tipos de interés en préstamos efectuados por los templos; propiedad privada de los esclavos; penalización y privaciones por daños corporales. Por su contenido el Código de Eshnunna es el preludio del gran Código mesopotámico de Hammurabi, sexto rey de la primera dinastía de Babilonia, escrito ca. 1750 a.C., probablemente al final de su reinado. Las diferencias con los anteriores son notorias en muchos aspectos. En primer lugar, porque es mayor su aplicabilidad, pasando de un ámbito local o regional a estar vigente en todo el reino-imperio babilónico. En segundo lugar, por su extensión: consta de 282 artículos, siendo el código más amplio de la antigüedad hasta los Códigos romanos bajoimperiales (ss. V y VI d. J.C.). En fin, más avanzado en algunos puntos, pero claramente regresivo en otros como la aplicación de la famosa "ley de Talión" en el supuesto de daños corporales. El Código es conocido gracias a una "estela" descubierta a comienzos de este siglo. En el registro superior de la misma se representa a Hammurabi recibiendo las "leyes" de Shamash (dios de la justicia) o Marduk (dios-protector de la ciudad). El texto que sigue consta formalmente de prólogo, articulado y epílogo, aunque se han perdido una treintena de preceptos por reutilización posterior. Los artículos se formulan en términos condicionales iniciados por la expresión "shumma" (cuando, si...) e incluyen algunas disposiciones de derecho procesal o penal, pero sobre todo, hasta 168 artículos, de cuestiones patrimoniales y familiares. Otro capítulo importante está referido a salarios y esclavos. Pero de todo este conjunto destacan dos hechos. El primero es la pretensión de realizar el ideal de justicia sin reservas, que lleva a Hammurabi a adoptar medidas severas, incluso penalidad corporal, para erradicar los frecuentes delitos de esta índole; esta argumentación es más razonable que vincular estas disposiciones con una cierta "barbarie", derivada del origen amorreo del rey. El segundo es que la promulgación del código parece ser una exigencia del grupo de mercaderes y comerciantes por el celo con que el rey castiga los delitos contra la propiedad, llegando hasta la pena capital en los casos de atentar contra los bienes del "palacio" o del "templo". Por otra parte, a través del articulado se obtiene un cuadro bastante completo de la situación social e institucional: hay tres categorías o grupos sociales ("awilum" o clase acomodada, "muskenum" o pueblo en general y "wardum" o esclavos; exceptuados éstos, las penalizaciones sobre los dos primeros se establecen según el rango: un delito contra un "muskenu" es castigado con menos severidad que si el perjudicado es un "awilu", pero como contrapartida para aquél se estipulan obligaciones menos onerosas que a éste. Otro aspecto fundamental del código es la importancia dada a la familia como institución básica de esta sociedad, regulando con detalle las situaciones (dote, herencia, concubinato) que inciden en las relaciones familiares. En fin, aspectos como el régimen de propiedad y explotación de la tierra así como la regulación de las relaciones de "mercado" constituyen tan sólo un precedente, que servirá de base a códigos posteriores: el hitita y el asirio, respectivamente. Ver, Ana-ittisbu (sumero-acadio) y Kudurru (casita).

Código Teodosiano

Ver, Teodosio II ((ca.399-450). Emperador de Oriente, nieto de Teodosio I, e hijo de Arcadio y Eudoxia. Subió al trono en 408, y empezó su reinado publicando edictos muy ….).

Código Locrio

Ver, Zaleuco ((siglo VII a.C.). Legislador de Locris, en el sur de Italia. Aunque el historiador siciliano Timeo dudaba de su existencia, la mayor parte de la ….).

Código de las XII Tablas

Ley de las XII Tablas (la primera legislación escrita de los romanos).

Código de Hammurabi

Codificación legal realizada bajo el rey Hammurabi, de la Dinastía I de Babilonia, conocida por un monolito descubierto (1.901) en Mesopotamia. Grabado en una estela de diorita negra en la que, en su parte superior, está esculpido en relieve el propio rey Hammurabi recibiendo el código de manos del rey sol Shamash, actualmente depositado en el Museo del Louvre (París). Gracias a éste código, y probablemente por vez primera, se obligó a vastos territorios a aceptar una misma y unificada legislación. Contiene una ley muy extensa dividida en dos partes. La primera habla sobre la propiedad y la segunda sobre las personas y la familia. Otorga la potestad absoluta al padre o al marido y el matrimonio se regula como un contrato. El adulterio por parte de la esposa se castiga con la muerte. También castiga las agresiones personales y ordena el trato que ha de darse a los trabajadores según su condición de libres o esclavos. El Código de Hammurabi es una documentación histórica valiosísima para conocer la sociedad, la economía, la lengua, la cultura y la ideología de su tiempo. Ver, Hammurabi, Códigos de derecho.

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