A partir de la segunda mitad del siglo VIII a.C., durante la época monárquica romana, se produjo el proceso de formación del patriciado cuando un grupo de familias logró elevarse sobre el conjunto de la comunidad romana al monopolizar en sus manos el primitivo derecho consuetudinario, la dirección de la esfera religiosa de la sociedad y el disfrute de la mayor parte de la propiedad inmueble. Si bien los reyes "etruscos" intentaron disminuir su poder en beneficio de un estado unitario, hubieron de compensarlas con la concesión de honores y privilegios. Con todo ello, estas familias de patricii fueron destacándose del resto de la población libre, la plebs (la "muchedumbre"), como aristocracia inaccesible y, cuando se produjo el cambio de régimen, lograron erigirse en protagonistas. No sabemos cómo se operó el tránsito de poder de la monarquía a esta aristocracia de casta, si gradual o violentamente, ni el papel que desempeñó la plebe. Durante los primeros años tras la expulsión de los reyes, la comprometida situación exterior de Roma, enfrentada a la liga latina, aconsejó al patriciado mantener una actitud conciliadora con la plebe, como prueba la entrada en el Senado de elementos no patricios, los conscripti. Pero hacia el 486, tras la victoria del lago Regilo y la firma del foedus Cassianum, los patricios tendieron hacia posiciones más radicales con el propósito de convertirse en una casta cerrada, detentadora de todos los privilegios, mediante el control exclusivo de los órganos de gobierno, la religión pública, el derecho y los recursos económicos. Con ello, el Estado se transformó en un régimen oligárquico de base gentilicia, conocido por los historiadores como "serrata del patriziato". Las familias patricias se reservaron el monopolio de todos los hilos importantes de la vida pública, a través de su pertenencia a un determinado número de gentes, y cerraron sus puertas a la admisión de otras nuevas por medio de matrimonios endógenos, que sólo reconocían validez jurídica (el connubium) a las uniones entre parejas del estamento patricio. Así a la cabeza del Estado se colocó el antiguo consejo real, el Senado, como órgano permanente de la oligarquía, cuyos miembros, los patres, ejercían la soberanía a través de la auctoritas o poder protector de sanción sobre cualquier decisión de carácter público. Las funciones ejecutivas, civiles y militares. fueron puestas en manos de magistrados, sometidos al control del Senado y elegidos, con carácter temporal, entre las filas patricias. Se discute tanto el nombre como el número de estos supremos magistrados, que, en un cierto momento, se convirtieron en un órgano colegial de dos miembros, los consules. Pero, si el patriciado detentaba el monopolio del gobierno, el Estado necesitaba de la classis, es decir, de aquella parte de los plebeyos, cuyos recursos económicos les daban derecho y obligación a un tiempo de servir en los cuadros del ejército, en una época, tan comprometida en el exterior. No se podía evitar la creciente conciencia plebeya de formar parte del cuerpo político de la ciudad como subordinados al elemento patricio, mientras sufrían las mismas o aún más pesadas obligaciones militares. A esta desigualdad política se añadía otra de índole jurídicoreligiosa. Sólo los patricios estaban en posesión de los auspicia (el derecho a interpretar la voluntad de los dioses mediante el examen de los signos divinos) y eran, en consecuencia, los únicos intérpretes válidos de la divinidad en la aplicación de las normas de derecho privado, dada la ausencia absoluta de ley escrita. Cuando un plebeyo pedía protección jurídica contra la insolencia de un patricio, eran jueces patricios los que decidían. El plebeyo se sentía, por tanto, inseguro para proteger a su familia y a sus bienes de las arbitrariedades patricias. Pero, sobre todo, la más grave desigualdad se encontraba en el ámbito económico, a propósito de dos cuestiones fundamentales: la utilización del ager publicus y el problema de las deudas. El ager publicus era el territorio propiedad del Estado, que podía ser cedido al disfrute privado de los ciudadanos romanos para su explotación económica. La oligarquía dirigente monopolizó en sus manos este disfrute mediante la ocupación o possesio de las tierras estatales, con exclusión de la plebe, que pretendía su distribución, no en régimen de ocupación, sino como propiedad privada, según criterios estables de asignación que garantizasen la subsistencia familiar. La exigencia era todavía más acuciante por la escasa fertilidad del suelo, que llevaba en muchos casos a la ruina del pequeño campesino, enfrentado a las malas cosechas y a las crecientes obligaciones militares, que le impedían cultivar sus tierras con la necesaria atención. No era raro que el campesino, acuciado por la necesidad, se viera obligado a acudir, para asegurar su subsistencia, a los ricos propietarios en demanda de préstamos. Su impago dejaba al deudor en manos del acreedor, quien, de acuerdo con la institución del nexum, podía convertirlo prácticamente en un esclavo a su servicio. Pero tampoco faltaban en la ciudad graves problemas sociales. Durante la monarquía, había florecido un numeroso grupo de población (artesanos y comerciantes), que se había ido ampliando con las posibilidades que ofrecía una ciudad en crecimiento, de apreciables intercambios. La inestable coyuntura exterior en Etruria y el lacio, desde comienzos del siglo V, desplazó hacia otras regiones las corrientes comerciales, mientras Roma, empeñada en continuas guerras, sufría una crisis económica, que provocó un estancamiento de la producción y del comercio, con grave daño para los estratos más humildes de la plebe urbana, angustiada por acuciantes problemas de subsistencia. La egoísta política patricia debía ser el aglutinante de esta masa heterogénea, en una gradual toma de conciencia que la convertiría, si no en una clase social, sí en un estamento diferenciado de la sociedad, con metas definidas, no tanto propias como en su función antipatricia; es decir, no tanto como una clase en sí, sino como una clase antipatricia. Esta resistencia patricia contribuyó a disminuir los factores de desunión de la plebe, especialmente económicos. En efecto, no toda la plebe era pobre o ni siquiera de recursos modestos. Al lado de la plebe "proletaria" urbana y de los pequeños propietarios, existían también algunas familias plebeyas, que, a semejanza de los patricios, habían tejido sus clientelas y gozaban de un respetable poder económico. Estas diferencias habían de traducirse inevitablemente en una distinta ordenación de las reivindicaciones plebeyas. Si, para la mayoría, era primordial el reparto de tierras y, sobre todo, la cuestión de las deudas, la parte más acomodada estaba, ante todo, interesada en la obtención de la paridad política, que le abriera las puertas del ager publicus y de las magistraturas. Una constante de la lucha de estamentos es el desigual avance de las concesiones en el ámbito político, siempre por delante frente a las de orden económico, que, finalmente, destruirá el movimiento, cuando el patriciado acepte en su seno a la élite plebeya. Por ello, el nervio de la lucha lo constituyó aquella parte de la plebe con fuerza para oponerse a los patricios, es decir; la plebe armada de la classis, que formaba parte, con un peso numérico evidente, en el ejército centuriado, y que contaba con recursos económicos. El conflicto nace, según la tradición, en el año 494, con la seditio del monte Sacro, y finaliza en el 287 con la lex Hortensia; se extiende, por tanto, a lo largo de más de dos ss.. No pudo tratarse, como es evidente, de un proceso revolucionario lineal sino de una época de conflictos, con períodos de erupción violentos, entre otros de malestar contenido. Por otra parte, la cronología no ofrece garantías, al no poder cotejarse el relato tradicional (lleno de repeticiones, anacronismos, personajes ficticios o adornados con acciones legendarias) con fuentes más dignas de crédito. Se respeta, no obstante, la cronología tradicional para no dar lugar a errores, aun a sabiendas de su carácter poco fiable. En cualquier caso, la importancia reside en el proceso, cuyas causas. discurso y puntos de inflexión están, al menos, suficientemente establecidos, y en su desenlace, que constituirá el marco de la República expansionista del siglo III a.C. Estos puntos de inflexión son la secessio del monte Sacro, en el 494; la codificación de las Doce Tablas, en el 450; las leyes Licinio-Sextias, del 367, y la citada lex Hortensia, que da fin a la lucha. El eco de la presión plebeya y la dura resistencia patricia, en una época de intensas dificultades como son los primeros decenios del siglo V a.C., queda reflejada en la tradición por episodios como el de Coriolano, que aprovechó el hambre de la plebe para intentar obligarla a renunciar a sus representantes; el trágico fin de Espurio Casio, uno de los puntales de la nobleza, que pagó con su cabeza su política filoplebeya de reparto de tierras, o el asesinato del tribuno de la plebe Cneo Genucio, el mismo día que pretendía pedir cuenta de su conducta a dos antiguos cónsules. Ver, Cronología del conflicto patricio-plebeyo, Ley de las XII Tablas, Secessio plebis.