o Ley decemviral o Lex duodecim tabularum o Código de las XII Tablas. Representa la primera legislación escrita de los romanos. Se conoce con este nombre una colección de leyes que, según la tradición antigua, habría sido redactada hacia la mitad del siglo V a.C. (451-449) por una comisión especial de diez miembros, los decenviros. En el contexto del conflicto patricio-plebeyo romano, la plebe, a través de sus representantes, los tribunos, continuó presionando para intentar acabar con el ilimitado poder del gobierno aristocrático. En el 462 a.C., se inició una de las décadas de mayor enfrentamiento con un doble objetivo: por una parte, la clarificación del ámbito del derecho, hasta entonces oral y caprichosamente impuesto e interpretado por los patricios; por otra, la sustitución de los magistrados patricios por una dirección del Estado menos parcial e incontrolable. A estas reivindicaciones políticas, se añadían, por supuesto, las viejas aspiraciones económicas de reparto de tierras y anulación de las deudas. La resistencia patricia fue finalmente superada y, en el 451, se hizo cargo del gobierno un colegio de diez personajes, todos patricios, que, suspendido el orden constitucional vigente, tomaron en sus manos la dirección del Estado con la tarea primordial de recopilar el derecho por escrito en el plazo de un año. Su trabajo, para el que se envió una comisión a Grecia con el fin de estudiar la legislación de Solón, quedó plasmado en diez tablas de leyes en bronce, que fueron fijadas en el Foro, cerca de los Rostros, para conocimiento del pueblo de Roma. Con el pretexto de no haber concluido su tarea, la comisión, en la que jugaba un importante papel el patricio Apio Claudio, permaneció en el poder, aunque con la inclusión de algunos plebeyos, que sustituyeron a los correspondientes patricios. Los decenviros, calificados de tiranos, fueron depuestos y castigados, y se restituyó la magistratura consular con el nombramiento de Lucio Valerio y Marco Horacio, en el 449. Los cónsules dieron publicidad no sólo a las diez tablas originariamente compiladas por la comisión, sino también a otras dos, iniustae, que había redactado la segunda, al tiempo que proponían una serie de leyes tendentes a apaciguar los ánimos de la plebe: reconocimiento del derecho de apelación ante el pueblo, confirmación de la inviolabilidad de los tribunos y elevación de los plebiscitos a la categoría de leyes y, por tanto, obligatorios para todos los ciudadanos. Sin duda, la tradición sobre los decenviros incluye una gran cantidad de elementos literarios de dudosa autenticidad, así como difíciles problemas de interpretación. Pero no se puede dudar de su valor histórico y de su importancia, especialmente, por lo que se refiere a la obra legislativa, la llamada ley de las Doce Tablas. El texto íntegro de este código no ha llegado hasta nosotros, pero los autores antiguos han citado largos pasajes de él, de manera que lo conocemos bastante bien. Podemos comprobar que contenía un gran número de reglas de muy diversos caracteres. Algunas testimonian con evidencia los orígenes religiosos del derecho, y el hecho de que las prescripciones sobre los ritos figuren al lado de las leyes de alcance puramente civil, indica claramente por sí solo que los dos dominios no estaban aún enteramente separados. Se nota, por ejemplo, la abundancia de reglas referentes a las sepulturas: prohibición de enterrar o de quemar un cadáver en el interior de la Urbs, escuadrar a la doladera la madera de la pira fúnebre, dejar en los funerales a las mujeres lacerarse las mejillas, aullar lamentaciones y depositar sobre el cadáver ofrendas de oro, sin que fuese de todas maneras obligado retirar las coronas de oro de las que pudiesen estar rodeados los dientes del muerto. Los decenviros preveían también el caso de los sortilegios por cuyo medio un hechicero podía transportar la cosecha de un campo a otro. No se trata de una codificación sistemática, ni homogénea: incluye normas de derecho consuetudinario de épocas diferentes, en un inestable equilibrio entre supervivencias primitivas y bárbaras e ideas progresistas. En su conjunto, la legislación, que incluye normas de derecho procesal, familiar, de sucesiones, de propiedad, penal y público, retrata un ambiente agrícola, en una época de precarios medios, que obligaba a endurecer, sobre todo, las sanciones contra la propiedad y que era especialmente severa en la cuestión de las deudas. Sólo una de las leyes hacía referencia al conflicto patricio-plebeyo, la que prohibía los matrimonios mixtos. Las doce Tablas, como se ve, conservaban recuerdos de un pasado muy antiguo. Pero si se las compara con las leyes de la época de los reyes, de las cuales nos han sido transmitidos algunos ejemplos, no se puede dejar de reconocer el esfuerzo de modernización e incluso de laicización de la que son testimonio. Esta legislación, la primera codificación legal de la historia romana, constituía, según expresión de Livio, la "fuente de todo el derecho público y privado", y, en época de Cicerón, aún era aprendida de memoria en la escuela, como venerable reliquia del pasado. El valor de las Doce Tablas estriba, sobre todo, en haber abierto un camino al reconocimiento por escrito de la igualdad, aunque aún muy relativa, ante la ley, y en haber fijado, coordinado y sistematizado un material legal mal conocido y, por tanto, fácilmente manipulable. Frente a las manipulaciones de la tradición, el decenvirato sólo se explica como un intento de romper las antiguas fórmulas de gobierno, en beneficio de unas nuevas de más amplia base. Lo prueba la participación de plebeyos en el segundo colegio, apoyados, sin duda, por una fracción del patriciado, abierta a la colaboración con los plebeyos. Así, el consulado de Valerio y Horacio, que pone fin a la época decenviral, no puede considerarse, como quiere la tradición, como un paso adelante en las aspiraciones de la plebe, sino como una restauración del poder patricio, que consiguió alejar el fantasma de un reparto de poder con la plebe a costa de ciertas concesiones. Pero esta victoria patricia fue efímera. A partir de ahora iba a ser muy difícil a los patricios mantener el consulado en sus manos. Durante los siguientes decenios, la alta magistratura sufre una serie de vicisitudes que demuestran un período de inestabilidad y de violentas luchas. Ver, Conflicto patricio-plebeyo, Decenviros, Derecho romano, Mores Maiorum.